¿Por qué ahora más que nunca debemos los abogados potenciar la mediación? Es muy simple, tenemos que ser parte de la solución y no del problema.

Sobre el abogado recae la responsabilidad de aportar a su cliente la mejor solución y la más rápida posible al problema que tiene encima de la mesa o que podrá tener en el futuro próximo. Su asesoramiento debe regirse no solo por el rigor jurídico, técnico, económico, etc., sino también por la eficacia, la innovación y la garantía de que una solución acordada con la parte contraria puede ser la adecuada a su caso concreto.

Generar en nuestro cliente la convicción de que cuando negocia con la parte contraria una solución al conflicto y cuando prevé anticipadamente acudir a una solución dialogada con sus contrapartes en los contratos o relaciones comerciales que establezca es un buen consejo profesional. Que una solución acordada en ocasiones es la única salida posible a los problemas complejos o en los que están involucrados demasiados intereses o partes.

La jurisdicción o el arbitraje son una alternativa más, pero probablemente la última a la que deban acudir para la resolución de un conflicto.  Y si esta afirmación ha sido cierta siempre, en la coyuntura actual adquiere especial relevancia.

Los motivos que me llevan a realizar esta afirmación tan categórica son los siguientes:

. – La sociedad está cambiando aceleradamente. Los empresarios, ciudadanos, instituciones están agotadas del conflicto, de la confrontación permanente, ya tenemos todos demasiada experiencia de la falta de resultados positivos de esta actitud, hay que construir juntos e involucrarse personalmente en dicho objetivo.

. – El tiempo corre casi siempre en contra de ambas partes, cuando los conflictos son complejos, como sucede en los conflictos empresariales, tiempo equivale a dinero. La pérdida de oportunidades, de esfuerzos, de confianza en el mercado es un lujo que muchas empresas no pueden permitirse. El coste añadido de tiempo y dinero que implica la utilización de otras formas de resolución de conflictos por cuanto conlleva acudir a otros profesionales no es compatible con las soluciones que necesitan hoy los empresarios.

. – Las soluciones reales a los problemas reales presentan demasiadas aristas, exigen análisis complejos, conocimientos profundos sobre diferentes cuestiones específicas del sector, de la empresa, del negocio, que no están, ni pueden estar, al alcance de los órganos jurisdiccionales e incluso de los árbitros. La visión global del problema y por tanto de la solución solo la tienen las propias partes que, guiadas por sus abogados, pueden negociar mejor una solución. Las experiencias insatisfactorias tanto por las respuestas obtenidas en los Tribunales, como por la eficacia y ejecución de sus resoluciones son múltiples.

. – En muchos terrenos los empresarios están reclamando un terreno de pruebas para un producto, poder realizar un proyecto piloto sin las exigencias formales o legales de un lanzamiento o proyecto definitivo, etc. Bien, ¿por qué no aplicar ese mismo concepto a la resolución de conflictos a través de la mediación? Esta es voluntaria, no compromete lo que en ella sucede para los posteriores pleitos o arbitrajes en caso de que sean necesarios y se puede abandonar cuando una de las partes quiera sin perjudicar para nada sus intereses. Bien gestionada no puede perjudicar en modo alguno la posición de las partes.

. – La calidad y cualificación de los profesionales que se dedican a la mediación permite que sean los abogados de las partes, junto a estas, quienes intervengan de forma activa en la construcción de una solución dialogada, quienes diseñen la mejor y mas adecuada formula de ejecución de los acuerdos. No existen limites, fuera de los de orden público en la determinación de una solución y su ejecución. Ninguna de las partes, ni sus abogados, se verán constreñidos en su dialogo con las otras partes por las nomas procedimentales o por los temas que se pueden o no tratar o las medidas que se pueden adoptar para su solución.

Todos estos factores exigen que los abogados conozcan bien y se cualifiquen adecuadamente para ser actores interesados en la gestión del conflicto a través de la mediación. Asesorar a un cliente de cuándo es conveniente y cuándo no, incorporar la mediación como forma de gestión del eventual futuro conflicto o, cuándo hay que acudir a él para resolver el ya existente, precisa de un conocimiento adecuado de la mediación en sí misma.

Es preciso también un conocimiento y una cualificación especifica para participar como abogado de parte en un proceso de mediación y desarrollar en él todas las posibilidades que la mediación ofrece a las partes.

Así como tradicionalmente nos hemos formado en materias procesales, hemos adquirido conocimientos y destrezas en la estrategia procesal, tanto ante la jurisdicción como ante los tribunales arbitrales, debemos ahora afrontar esta formación como algo imprescindible.

Los despachos y los profesionales, tanto en el ámbito tradicionalmente contencioso como en las otras áreas mercantiles, financieras, etc., deben abordar esta cuestión con un interés mayor del desarrollado hasta ahora. El mercado lo demanda y debemos ser actores del cambio, no víctimas de él.

Cristina Jiménez Savurido

Mediadora acreditada ante el Centro de Mediación Fide

https://cmfide.com/project/cristina-jimenez-savurido/